¿Cuánto más desregulemos los mercados, más inversión captaremos? Visto como frase general, y pensando más en trámites administrativos traslapados y con poca o nula justificación; no pocos estarían de acuerdo en automático con la frase referida. Inclusive desde un plano institucional y en la perspectiva especifica de eliminación de trámites. Un ejemplo de ello, es que esta minimización de trámites, es el insumo básico para la elaboración de un ranking de competitividad anual por parte del brazo financiero de un conocido organismo multilateral; e incluso este mismo criterio es asumido de manera similar, por parte de una importante revista de análisis económico local. ¿En verdad es así? Cuanta menos regulación haya, es siempre mejor? Profundicemos un poquito el análisis sobre este asunto.
Con una FED que elevaría más veces y magnitudes su tasa de interés , ello previsiblemente afectará negativamente los flujos de capitales especulativos, dirigidos a economías emergentes como la nuestra, pero a la vez estas últimas, se mantendrían como plazas interesantes para la Inversión Extranjera Directa, (IED) ,en tanto algunos señalan que los países desarrollados, tienden a sobre regular los mercados, en cambio nosotros los emergentes, no presentamos ese problema; por lo cual para algunos ,la desregulación definida en términos absolutos, terminaría siendo funcional para la competitividad e inversión.
Si circunscribimos el concepto de desregulación como simplificación de procesos administrativos, ello si sería claramente funcional a la dinámica de la inversión y de la competitividad; Pero si alternativamente se impone alguna indispensable acción regulatoria estatal, la relación directa entre desregulación, inversión y competitividad cambia. A manera de ejemplo, uno de los temas referidos por la UNCTAD , es la tendencia a la sobrerregulación en países desarrollados, como es el caso de la implementación de normatividad ex ante, que evalúe y regule Fusiones y Adquisiciones.
En los hechos las firmas se fusionan o compran entre sí, ´ para lograr economías de escala y/o de alcance, eliminar competidores e incluso a veces para evadir acciones de control; Eje. Para que exista un cartel de precios se necesita 2 o más empresas diferentes; es de esta manera que pudrían constituirse mercados más concentrados, en perjuicio de los consumidores.
Y en la práctica, ¿cómo se limitan las Fusiones o adquisiciones? Por ejemplo en el caso de los EEUU, si producto de la Fusión/o adquisición, el indicador de concentración de mercado como es el Índice de Herfindahl Hirshman, pasa determinados límites, la operación no se efectiviza, siendo la tarea para la firma evaluada, reducir sus niveles de concentración del mercado resultantes en el que opera. Y es de esta forma en que se limita posibilidad de acentuar una mayor concentración en los mercados, concentración que por lo general, restringe la competencia en ellos.
Planteado en la forma de una suerte de dilema, tenemos por un lado, la legítima búsqueda de economías de escala y/o de alcance, resultado de Fusiones y Adquisiciones de las firmas o de buscar estar fuera del alcance de INDECOPI también. El punto es saber, si todo ello sería razón suficiente para justificar la existencia de mercados menos competitivos, con un originado mayor riesgo de abuso de posición de dominio, lesivo al interés de los consumidores: Al final la desregulación actual ex ante sobre Fusiones y Adquisiciones, nos hace más competitivos y/o riesgosos ¿Vale la pena?