Desregulación ¿Atrae inversión?

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¿Cuánto más desregulemos  los mercados, más inversión captaremos?   Visto como frase general, y pensando más en trámites administrativos traslapados y con poca o nula justificación; no pocos estarían de acuerdo en automático con la frase referida.  Inclusive  desde un plano institucional  y  en la perspectiva especifica de eliminación de trámites.   Un ejemplo de ello, es que esta  minimización de trámites, es  el insumo básico para la elaboración  de  un ranking de competitividad anual  por parte del brazo financiero de un conocido organismo multilateral; e incluso este mismo criterio es asumido de manera  similar, por parte de una importante revista de análisis económico local. ¿En verdad es así? Cuanta menos regulación haya, es siempre  mejor? Profundicemos un poquito el análisis sobre este asunto.

Con una FED que elevaría  más veces y magnitudes su tasa de interés , ello previsiblemente afectará negativamente  los flujos de capitales  especulativos, dirigidos a economías emergentes como la nuestra, pero a la vez estas últimas, se mantendrían como plazas interesantes para la  Inversión Extranjera Directa, (IED) ,en tanto algunos señalan que los países desarrollados, tienden a sobre regular los mercados, en cambio nosotros los emergentes, no presentamos ese problema; por lo cual para algunos ,la desregulación definida en términos absolutos, terminaría  siendo  funcional para  la competitividad e inversión.

Si circunscribimos el concepto de desregulación como simplificación de procesos administrativos, ello si sería claramente  funcional a la dinámica de la  inversión y de la  competitividad;  Pero si alternativamente  se impone alguna indispensable acción regulatoria estatal, la relación directa entre desregulación, inversión y competitividad cambia.  A manera de ejemplo, uno de los temas  referidos por la   UNCTAD , es la  tendencia a la sobrerregulación  en países desarrollados,  como es el caso de la implementación de normatividad ex ante, que evalúe y regule Fusiones y Adquisiciones.

En los hechos las firmas se fusionan o compran entre sí, ´ para lograr economías de escala  y/o de alcance,  eliminar competidores e incluso a veces para  evadir acciones  de control; Eje. Para que  exista un cartel de precios se necesita 2 o más empresas diferentes; es de esta manera que pudrían   constituirse  mercados más concentrados, en perjuicio de los consumidores.

Y  en  la práctica, ¿cómo se limitan las Fusiones o adquisiciones?  Por ejemplo en el caso de los EEUU, si producto de la Fusión/o adquisición,  el  indicador de concentración  de mercado como es  el Índice de Herfindahl Hirshman,  pasa determinados límites, la operación no se efectiviza, siendo la tarea para la firma evaluada, reducir sus niveles de concentración del mercado resultantes en el que opera. Y es de esta forma en que se limita posibilidad de acentuar una  mayor concentración en los mercados, concentración que por lo general,  restringe la competencia en ellos.

Planteado en la forma de una  suerte de dilema, tenemos por un lado, la legítima  búsqueda de economías de escala y/o de alcance, resultado de Fusiones y Adquisiciones de las firmas  o de buscar estar fuera del alcance de INDECOPI también. El punto es saber, si  todo ello sería  razón  suficiente para  justificar  la existencia de  mercados menos competitivos, con un originado mayor riesgo de abuso de posición de dominio, lesivo al interés de los consumidores:  Al final la   desregulación actual  ex ante  sobre Fusiones y Adquisiciones,  nos hace más competitivos y/o riesgosos  ¿Vale  la pena?

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